UE y basura marina

UE y basura marina

El 5 de junio, el Parlamento Europeo aprobó la Directiva 2019/904 relativa a la reducción de ciertos productos plásticos, que están presentes principalmente entre los residuos abandonados en las costas de la Unión y en el mar contaminado. La norma entrará en vigor 20 días después de su publicación, es decir, a fines de junio.

La norma destaca que los materiales plásticos son un material omnipresente en la vida cotidiana, siendo esencial en muchos sectores. En particular, el plástico se usa en muchos contextos diarios: entonces no hay reglas para una correcta reutilización y reciclaje, lo que termina con un aumento significativo de la basura marina.

El objetivo de la Directiva es promover en los Estados miembros enfoques que “dan prioridad a los productos reutilizables, sostenibles y no tóxicos y a los sistemas de reutilización frente a los productos de un único uso, con el objetivo primordial de reducir la cantidad de residuos generados«. Esto se compara con los datos que muestran que el 80-85% de la basura marina, abandonada en las playas, consiste en objetos plásticos, de los cuales el 50% son productos de un solo uso y el 25% son productos para la pesca.

Esta directiva encaja en el plan europeo que pretende alcanzar el objetivo de 2030 con todos los envases de plástico colocados en la UE «reutilizables o fácilmente reciclables«.

Si no hay alternativas adecuadas y seguras, los Miembros de la UE deben introducir regulaciones que recuerden la responsabilidad de los productores para contribuir de manera efectiva a la gestión consiguiente de la eliminación de los residuos resultantes. A menudo hay sistemas de recolección de basura ineficientes con poca participación ciudadana: por lo tanto, será importante mejorar e implementar políticas educativas adecuadas para que el usuario esté al tanto de la eliminación correcta de estos tipos de residuos.

Para los productos de plástico desechables, se debe proporcionar un «una marca bien visible, claramente legible e indeleble que informe a los consumidores sobre los siguientes aspectos”:

las opciones adecuadas de gestión de los residuos del producto o los medios de eliminación de los residuos que deben evitarse para ese producto, en consonancia con la jerarquía de residuos;

la presencia de plásticos en el producto y el consiguiente impacto medioambiental negativo de los vertidos de basura dispersa o de los medios inadecuados de eliminación de residuos del producto en el medio ambiente.

Entre los productos que son objeto de este reglamento se encuentran los de poliestireno expandido:

Recipientes para alimentos, … tales como cajas, con o sin tapa, utilizados con el fin de contener alimentos que están destinados al consumo inmediato, in situ o para llevar, o normalmente se consumen en el propio recipiente, o están listos para el consumo sin ninguna otra preparación posterior, como cocinar, hervir o calentar;

Los recipientes para bebidas …, incluidos sus tapas y tapones;

Los vasos para bebidas …, incluidos sus tapas y tapones.

DIRECTIVA (UE) 2019/904 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 5 de junio de 2019